Comisión del Senado aprueba en general Proyecto de Ley que regula jardines infantiles y salas cuna

 La Comisión de Educación del Senado aprobó el Proyecto de Ley que aumenta las exigencias y crea una autorización de funcionamiento para todas las salas cuna y jardines infantiles del país, sin importar si reciben o no aportes del Estado. La iniciativa pasará a votación en general en la Sala del Senado, para luego continuar con su tramitación particular en la Cámara Alta.


Es necesario  que el Estado resguarde el bienestar de los niños y niñas que asisten a la Educación Parvularia, asegurando estándares de calidad que les sean exigibles a todos los establecimientos que impartan este nivel.


Este proyecto establece una autorización obligatoria del Mineduc para abrir y hacer funcionar una sala cuna o jardín infantil, estableciendo los requisitos de seguridad, así como la existencia de un proyecto educativo.


El proyecto exige a los establecimientos contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el jardín infantil y la comunidad educativa, el que debe incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas y protocolos de acción frente a conductas que constituyan algún riesgo para la seguridad y buena convivencia de los niños y niñas, como abusos sexuales y maltrato infantil.


Actualmente, los jardines infantiles y salas cuna no requieren cumplir requisitos mínimos de funcionamiento y las exigencias se basan sólo en infraestructura y condiciones sanitarias, las que pueden variar según la comuna. Por lo anterior, esta iniciativa busca crear estándares mínimos de calidad y seguridad aplicables a todos los establecimientos de este tipo.


Esta iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados el 1 de abril de 2013.


Principales aspectos del proyecto de ley:



  1. Enseñanza: junto con tener un proyecto educativo, el establecimiento deberá contar con un reglamento interno que norme las relaciones entre el jardín infantil y la comunidad educativa. Dicho documento debe incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas y protocolos de acción ante conductas que constituyan riesgos para la seguridad de los niños y la buena convivencia, como abusos sexuales y maltrato infantil.

  2. Fiscalización: el proyecto establece que la Superintendencia de Educación Escolar tendrá las herramientas necesarias para fiscalizar el cumplimiento de los requisitos para recibir la autorización y podrá aplicar sanciones en caso de incumplimiento de las normas, las que van desde una amonestación hasta la cancelación de la autorización e inhabilidad del sostenedor.

  3. Propietario y administrador de jardín infantil o sala cuna: para ejercer una de esas funciones, según sea el caso, no podrán haber sido condenados por crimen, delitos, tráfico ilícito de estupefacientes ni delitos de pedofilia.

  4. Infraestructura: los establecimientos deberán cumplir con normas mínimas de planta física, mobiliario y equipamiento según las especificaciones contenidas en un reglamento.

  5. Dotación: deberá tener el personal idóneo y suficiente, según lo determine el reglamento de esta ley.

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